Y también que «en este contexto de baja de precios internacionales y una débil demanda del principal consumidor mundial, la producción nacional entra en el período de crecimiento estacional con una perspectiva de aumento en los niveles de producción que redundará en una caída en los precios a pagar al productor.
En este sentido la medida se inscribe en la estrategia del Ministerio de Economía para beneficiar a través de la modificación de los derechos de exportación, el desarrollo e incentivo a la producción y la agregación de valor nacional y de las exportaciones de las cadenas productivas con mayor presencia territorial y potencial de creación de empleo.
Por lo tanto, continúa la norma, «para mejorar el nivel de ingresos de los productores y de la industria, promover el desarrollo e incentivo de la producción y el agregado de valor nacional, impulsar las ventas a mercados externos, mejorar la competitividad de la cadena y fortalecer el arraigo y permanencia de la población rural en cada región de nuestro país, deviene necesario suspender temporalmente hasta el 31 de diciembre del 2023, inclusive, los Derechos de Exportación para las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (N.C.M.) correspondientes a ciertos productos lácteos y sus derivados.»
Los productos alcanzados son leche entera en polvo, leche descremada en polvo, queso de pasta dura, queso de pasta blanda, otros quesos, manteca de leche, crema de leche y otros productos lácteos grasos.